.jpg)
Este grupo de individuos
forman la comisión mixta de higiene y seguridad.
Se llama mixta porque está
integrada por representantes de la
organización y de los propios trabajadores. Su organización y funcionamiento
están previstos en el capítulo III del reglamento de seguridad e higiene.
Los requisitos que debe
cumplir un sujeto para pertenecer a dicha comisión son:
Ser
trabajador de la organización y estar vinculado al proceso de trabajo.
Poseer
instrucción general y experiencia para desempeñar el cargo.
Gozar
de estimación general de los trabajadores.
No
ser adicto a bebidas alcohólicas, drogas, enervantes o juegos de azar.
De preferencia, ser jefe de familia.
Y las obligaciones que se contraen al
pertenecer a dicha comisión son las siguientes:
Dictar
medidas para prevenir al máximo los riesgos que se presentan dentro de un
establecimiento.
Investigar
las causas de los accidentes y enfermedades profesionales.

Poner
en conocimiento del patrón y de las autoridades respectivas las violaciones de
los trabajadores a las disposiciones dictadas.
Dar
instrucciones sobre medidas preventivas a los trabajadores y orientarlos
respecto al peligro del trabajo que desempeñan.
No hay comentarios:
Publicar un comentario